Laborde

 

PARTE DE PRENSA COMISARIA DTTO. DE LABORDE, DPTO. UNIÓN,  PROV. CÓRDOBA

 HECHO: Procedimiento Policial por Infracción Artículo 205° C.P. 
(28 Aprehendidos, 19 Vehículos y 16 Armas Secuestradas)

LUGAR: Predio del Club de Caza y Pesca CIERVO COLORADO

FECHA Y HORA: 12 de Julio del 2020, a las 16:30  hs.

RESEÑA: Se Informa que en la fecha tras recibir Información que daba cuenta de haber actividad deportiva en el Predio conocido popularmente como del Tiro la Paloma, y en donde habría personas ajenas a la Localidad siendo que por Disposición del C.O.E. provincial, las actividades Deportivas como la del Tiro a la Hélice, durante el finde semana largo, solo estaba permitido para residentes locales y no así para personas foráneos al pueblo; es que se diagrama Operativo Policial con Efectivos de 4 localidades, de la Patrulla Rural y de Tránsito Municipal Local;  con la disposición de Cinco Móviles y 10 Efectivos Policiales bajo las órdenes y supervisión del Sub Crío. Lucas Depaoli.

Previo haber dado conocimiento de la situación a la Fiscalía de Instrucción de Bell Ville Secretaria Penal a cargo de la Dra. Avezza, y con sus directivas y diligencias ordenadas, es que se procedió a diligenciar Orden de Allanamiento para con el Predio e Instalaciones del Club de Caza y Pesca CIERVO COLORADO de Laborde, en donde una vez en el lugar Personal Policial procedió a la Identificación y posterior Imputación por Infracción del Artículo 205° del C.P. Violación a las Medidas Antiepidemicas a la cantidad de 28 Personas ajenas a la Localidad de Laborde (Monte Maíz, Etruria, Monte Buey, Río Segundo, Arias, Coronel Moldes, Luque, Villa María, Pascanas, Mataldi, Río Cuarto, A. Rocca, Helena, Ordoñez y Posse), y al responsable de las Instalaciones el Sr.. GUSTAVO JAVIER BONINO (LABORDE), Organizador de la Competencia de Tiro a la Hélice.


Así mismo se procedió en el lugar al Secuestro de lo Siguiente:
La Cantidad de 16 Escopetas Profesionales de Tiro competitivo
La Cantidad de 19 Vehículos, siendo: 08 Automóviles y 11 Camionetas.

Los infractores fueron Imputados y Procesados por Artículo 205° C.P., con el Secuestro de las Armas que poseían y los Vehículos en los que se trasladaron hacia esta localidad de Laborde. Se labran Actuaciones Sumariales Judiciales bajo Expte. N° 135/20.

 

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