Registro de obras privadas
REGISTRO DE OBRAS PRIVADAS
Desde este Jueves la atención al público en la Municipalidad será de 8 a 12 hs.
Para el registro de obras privadas, podrá hacerlo, el propietario de la obra o el arquitecto o un encargado de la misma, para asentar una o más obras a su cargo.
No es necesario que asista todo el personal de la construcción abocado a la misma obra. Es suficiente con que uno solo lo haga al registro.
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